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Requisitos ayudas a la Rehabilitación

El Gobierno asume que las ayudas para la rehabilitación de vivienda no están llegando al ritmo esperado a la economía, aunque confía, que antes de final de año se produzca un giro en estas bonificaciones con cargo a los fondos europeos de recuperación Next Generation.

Pero ¿Cuál es la realidad actualmente? No sabríamos decirlo, pero hay una verdad insondable y que no es baladí… el plazo para solicitar las ayudas fiscales finaliza el 31 de diciembre para las intervenciones en viviendas particulares, si bien se cuenta con un año más para las reformas de edificios.

Antes de explicar cuáles son los requisitos para para beneficiarse de las ayudas que se destinan el Plan de Recuperación a vivienda, debemos decir que desde las instituciones no se ha sabido comunicar, ni trasladar el mensaje de forma adecuada de las deducciones y desgravaciones fiscales para rehabilitación de viviendas y edificios residenciales, del cual ya hablamos en un post anterior nuestro. “Deducciones Fiscales por rehabilitación”.

Y ¿Cuáles son los requisitos y deducciones?

El plan del Gobierno contempla tres nuevas deducciones en el IRPF para rehabilitación de vivienda, pero hay que tener una cosa muy importante en cuenta y es que los usuarios que carecen del certificado de eficiencia energética antes de acometer la inversión no podrán aplicar el incentivo fiscal.

La primera deducción se aplica a las obras en la vivienda habitual (también alquilada o con expectativa de alquilar) y se requiere una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración. Esto Supone una deducción del 20% de las cantidades satisfechas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2023, con un máximo de 5.000 euros al año. Un técnico debe expedir certificados tanto de la situación previa como de la situación posterior a las obras, con una diferencia de menos de 2 años entre ambos informes.

La segunda de las deducciones se puede solicitar si se consigue rebajar un 30% o más el consumo de energía primaria no renovable o cuando se mejore la calificación energética para obtener una clase A o B. La deducción es del 40%, con un máximo de 7.500 euros anuales. También se necesitan los certificados antes mencionados.

Salvo que el Gobierno que salga de las urnas el próximo 23 de julio, decida ampliar el plazo, estas ayudas no irán más allá del final de este año, pero, como era de esperar, debido a los tiempos para poder presentar y acceder a las mismas, algunas comunidades autónomas ya estan ampliando plazos para poder acceder a estas ayudas. Es importante tener en cuenta que independientemente de la tramitación de la ayuda, la deducción permite avanzar con la rehabilitación, por lo que es recomendable no esperar a activar el proceso de rehabilitación al momento de tener concedida la ayuda.

La tercera deducción afecta a las obras realizadas por propietarios de viviendas en edificios de uso predominantemente residencial para mejorar la eficiencia energética del edificio. La deducción es del 60% en las cantidades pagadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2024. Al igual que la segunda, se debe conseguir una reducción del consumo de energía primaria no renovable de, al menos, un 30%, o mejorar la calificación energética del edificio para obtener una clase A o B. El tope son 5.000 euros año y un total de 15.000 euros en todo el período. El certificado debe estar expedido antes del 1 de enero de 2025.

Estas tres deducciones no son compatibles entre sí respecto de la misma obra, sin embargo, sí son compatibles la deducción del 60% por las cantidades invertidas en la rehabilitación de edificios con las deducciones del 20% o del 40% por actuaciones en la vivienda particular, siempre considerando que se trata de obras diferentes.  Se deberá justificar cada inversión realizada con la certificación correspondiente.

Por otro lado, para beneficiarse del tipo reducido del 10% son necesarios dos requisitos; uno cualitativo y otro cuantitativo. El objeto principal de la intervención debe ser la reconstrucción de la edificación (cuando más del 50% del coste total del proyecto de rehabilitación se corresponda con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas o cubiertas o con obras análogas o conexas a las de rehabilitación). Asimismo, el coste total del proyecto debe exceder del 25% del precio de adquisición o del valor de mercado de la edificación antes de su rehabilitación con exclusión del valor del suelo.

Intentaremos con este ejemplo dar un poco de sentido a los números.

“Si el valor de un edificio es de 1.000.000€ se deberá dividir dicho importe entre el % que corresponda a edificación y que corresponda a suelo. Si la proporción es 80/20 (edificación 80%-suelo 20%), el valor de la edificación sería de 800.000€ ,por lo que el coste de las obras tendría que ser superior a 200.000€ (25% de 800.000 €)”. Además, la guía detalla cómo se pueden acoger al IVA reducido el proyecto de obras que no pueda calificarse como de rehabilitación.

Para mas información sobre deducciones fiscales para mejora de la eficiencia energética de las viviendas, acceder a este enlace.

Deducciones fiscales por rehabilitación

Como os contamos en nuestro anterior post “Como las CCPP deben pedir las ayudas”, la rehabilitación tiene deducciones fiscales que vamos a intentar explicaros.

La deducción por rehabilitación de vivienda está ayudando a que exista una renovación sin precedentes en el parque de edificios residenciales de España.

Con las subvenciones y financiación europea, la desgravación por rehabilitación de la vivienda habitual es una herramienta más que efectiva para impulsar la rehabilitación y la mejora de la eficiencia energética en edificios antiguos.

No obstante, es normal que surjan dudas alrededor de esta nueva posibilidad.

¿Cuánto se puede desgravar la rehabilitación de vivienda? ¿Qué se considera rehabilitación de la vivienda habitual? ¿Qué reformas puedo desgravar?

Intentamos responder a estas y otras preguntas sobre las deducciones por rehabilitación de vivienda habitual.

Deducción por rehabilitación de vivienda: ¿Cuándo se aplica?

A partir de la publicación del Real Decreto-ley 19/2021 de 5 de octubre, que a su vez, viene impulsado por la financiación europea “Next Generation EU”, que adjudicó en torno a 140.000 millones de euros a España en préstamos y ayudas directas. En concreto, el plan específico de vivienda recibió 6.820 millones de euros, teniendo dos objetivos clave:

  • Impulsar la rehabilitación de viviendas
  • Generar un mayor volumen en el parque de vivienda en alquiler social en construcciones eficientes a nivel energético.

Respecto a la aplicación de la desgravación por rehabilitación de vivienda, se ha creado para ser impulsada entre los años 2021 y 2023, con varios momentos clave y fechas límite que explicamos más abajo según el tipo de proyecto que se lleve a cabo.

¿Por qué se aplican beneficios fiscales a la rehabilitación de vivienda?

La rehabilitación de vivienda juega un papel crucial si se desean alcanzar los objetivos de descarbonización y transición hacia un consumo energético menor y más eficaz.

En España, en concreto, las cifras hablan de un parque de edificios residenciales particularmente envejecido y, por tanto, ineficiente a nivel energético: según cifras del Gobierno. Más de la mitad de los edificios residenciales es anterior a 1980 (cuando entró en vigor la primera normativa reguladora de las condiciones térmicas de los edificios). Esto supone que alrededor de 5,5 millones de edificios residenciales y 9,7 millones de viviendas principales, son potencialmente ineficientes en su consumo de electricidad y calefacción. Tomando como base la calificación energética vigente y siguiendo con cifras oficiales, más del 81% de los edificios está en situación de ineficiencia (letras E, F o G) en términos de emisiones; mirando al consumo energético, este porcentaje aumenta hasta el 84,5% de los edificios.

Además de los importantes beneficios que la rehabilitación de viviendas supone a nivel de sostenibilidad, hay otras razones para la deducción IRPF rehabilitación vivienda:

  • Importante ahorro en consumos de energía para los inquilinos.
  • Impulso del empleo y actividad.

Deducciones disponibles por rehabilitación de vivienda

En el documento de la Agencia Tributaria se han dividido las condiciones para la desgravación por rehabilitación de vivienda en varias opciones, de modo que se corresponden con los diferentes tipos de proyectos que pueden llevarse a cabo.

Si te preguntas ¿cuánto desgrava la rehabilitación de vivienda?, o ¿qué reformas puedo desgravar?, aquí está la respuesta.

  • Deducción por obras para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración. Se aplica en viviendas habituales en titularidad o arrendadas (en alquiler antes del 31 de diciembre de 2023).
  • No aplica a plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. Estas deducciones tampoco aplican a la parte de una vivienda que se dedique a una actividad económica.
  • Entre las obras que dan derecho a deducción en esta categoría se incluyen las orientadas a reducir la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda en al menos un 7%.
  • Esta reducción deberá quedar acreditada con un certificado de eficiencia energética antes del inicio de las obras (válido si fue emitido en los dos años anteriores al inicio de las obras) y al final de estas. La fecha límite para este certificado será el 1 de enero de 2023.
  • Los plazos para las obras van desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • Respecto a cuánto desgrava la rehabilitación de vivienda en esta categoría, se aplicará como base las cantidades satisfechas por las obras realizadas desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022 con un máximo de 5.000 €. El porcentaje de esta deducción será del 20%.

Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable

  • Se aplica a vivienda habitual en titularidad o en alquiler (antes de 31 de diciembre de 2023).
  • No aplica a la parte de la obra que realices en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos. Tampoco a partes de vivienda vinculadas a una actividad económica.
  • Se incluyen en estas categorías las obras que reduzcan en al menos un 30% el indicador de consumo de energía primaria no renovable. También aparecen aquí las mejoras en la calificación energética de la vivienda hasta las letras A y B.
  • Se acreditará mediante un certificado de eficiencia energética antes del inicio de las obras (válido si fue emitido en los dos años anteriores al inicio de las obras) y, al final de estas.
  • Los plazos van desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022.
  • El período impositivo en el que se aplicará la deducción por rehabilitación de vivienda en este caso será aquel en el que expida el certificado de eficiencia energética tras las obras y antes del 1 de enero de 2023.
  • La base de deducción serán las cantidades pagadas por las obras desde el 6 de octubre de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2022, ampliando el máximo hasta 7.500 € y siendo el porcentaje de deducción del 40%.

Deducción por obras de rehabilitación energética

  • Se aplica en viviendas, plazas de garaje y trasteros en edificios de uso predominante residencial (no aplica, por tanto, en partes de la vivienda afectas a actividades económicas).
  • Se orienta a fomentar obras que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable en un 30% como mínimo. También se incluyen aquí las obras que mejoren la calificación energética del edificio para obtener una clase energética A o B.

La rehabilitación de fachadas con Smart Community Service queda enmarcada por tanto en este punto. Se trata del Sistema de Aislamiento Térmico por el Exterior, una obra de rehabilitación orientada a mejorar la inercia térmica de los edificios, capaz de estabilizar la temperatura interior de la vivienda y, por tanto, mejorar su eficiencia energética.

  • El certificado de eficiencia energética será el encargado de acreditar estas mejoras, emitido antes del inicio de las obras (como máximo en los dos años anteriores al inicio de las obras) y, al final, siempre antes del 1 de enero de 2024.
  • Respecto a cuándo se aplica, el periodo impositivo para esta deducción por rehabilitación de vivienda es 2021, 2022 y 2023.
  • La base de deducción se considera en dos fases: la primera se corresponde al momento en que se expide el certificado en el periodo impositivo, hasta el 6 de octubre de 2021 y con un máximo de 5.000€; la segunda, en caso de que el certificado se hubiera expedido en un periodo impositivo anterior, se corresponderá con las cantidades pagadas con un máximo de 5.000 €.

Además, se añade la posibilidad de deducir las cantidades pagadas que, por exceder de la base máxima anual, no se deducen en un año. El periodo para incluir estas cantidades se estira hasta los cuatro siguientes ejercicios, hasta un máximo de 15.000€.

Se tiene en cuenta también la posibilidad de que las obras las realice una comunidad de propietarios: para calcular la base, se aplicará el coeficiente de participación a las cantidades satisfechas correspondientes a cada propietario.

El porcentaje de deducción en este caso es importante: hasta el 60%.

Normas comunes a las desgravaciones por rehabilitación de vivienda

  • Se aplica la incompatibilidad entre sí en deducciones respecto de la misma obra.
  • Los métodos de pago aceptados son tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso, tanto a quienes realicen las obras como a quienes expidan los certificados.
  • Se descontarán las cuantías subvencionadas por un programa de ayudas públicas o que fueran a serlo tras una resolución.
  • Se consideran como cantidades satisfechas o pagadas: honorarios profesionales, costes de redacción de proyectos técnicos, dirección de obras, coste de ejecución de obras o instalaciones, inversión en equipos y materiales y otros gastos necesarios para su desarrollo, así como la emisión de certificados de eficiencia energética.
  • Por el contrario, no se tendrán en cuenta los costes de instalar o sustituir equipos que utilicen combustibles de origen fósil.
  • Se debe garantizar que los certificados de eficiencia energética se expidan y registren con arreglo al Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.

Aclaración de conceptos relacionados con la desgravación por rehabilitación de vivienda

Más allá de las cuestiones resueltas en el anterior epígrafe, pueden quedar algunas dudas relativas a la deducción de IRPF en rehabilitación de vivienda en cuanto a definiciones de conceptos concretos. Esperamos poder ayudarte a continuación:

Coste total de las obras o coste total del proyecto de rehabilitación

Se considera como tal, el importe total (sin IVA) que soportará el promotor por la rehabilitación, incluyendo también los servicios del personal técnico que dirija las obras.

Precio de adquisición de las edificaciones

El precio será el concertado realmente en las operaciones para la adquisición.

Obras análogas a las de rehabilitación

Se incluyen aquí:

  • La adecuación estructural para garantizar estabilidad y resistencia mecánica
  • Refuerzo o adecuación de cimentación, pilares o forjados
  • Ampliación de la superficie construida, sobre y bajo rasante
  • Reconstrucción de fachadas y patios interiores
  • Instalación de elementos elevadores

Obras conexas a las de rehabilitación

Serán tenidas en cuenta cuando su coste total sea inferior a las obras de consolidación o elementos estructurales, fachadas o cubiertas, siempre que no estén orientadas a la ornamentación. Se incluyen:

  • Obras de albañilería, fontanería y carpintería
  • Mejora y adecuación de cerramientos, instalaciones eléctricas, protección contra incendios y agua y climatización
  • Obras de rehabilitación energética, destinadas a reducir la demanda energética, al aumento del rendimiento o a incorporar equipos con fuentes de energía renovables

¿Necesitas información sobre la deducción por rehabilitación de vivienda? Contacta con nosotros.

rehabilitacion.edificios@enel.com